MENOS DEMAGOGIA CON LA EXPULSIÓN de extranjeros delincuentes [opinión]

MENOS DEMAGOGIA CON LA EXPULSIÓN DE EXTRANJEROS DELINCUENTES
Margarita Martínez Escamilla
La deportación penal ya está prevista en las leyes, pero un uso excesivo puede menoscabar funciones propias del derecho

– Tribuna publicada en El País, 9.10.25

[La publicación de este artículo no supone una u otra opinión de La Mesa por la Hospitalidad, pero se propone para la reflexión y el diálogo de todos]

+++ Margarita Martínez Escamilla es catedrática de Derecho penal desde 2008  en la Universidad Complutense de Madrid. Actualmente, su principal línea de investigación está relacionada con la criminalización de las personas migrantes y refugiadas y el uso del Derecho penal y sancionador en la gestión de la movilidad humana. Más, aquí.

El líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, viene lanzando desde hace unos meses propuestas sobre un asunto que ha erigido en prioritario: la cuestión migratoria, muy focalizada en los extranjeros que cometen delitos. Son propuestas que sorprenden por su ligereza, como, por ejemplo, expulsar de forma inmediata a cualquier extranjero en situación irregular que cometa un delito o ampliar los delitos por los que pueden ser expulsados quienes tienen autorización de residencia; propuestas que ponen de manifiesto, además, un desconocimiento del marco normativo.

Migraciones. MENOS DEMAGOGIA CON LA EXPULSIÓN DE EXTRANJEROS DELINCUENTES. Margarita Martínez Escamilla.El pasado julio se cumplieron 40 años de nuestra primera ley de extranjería, de 1985. Desde entonces, está legalmente prevista la expulsión de extranjeros que cometen delitos. Su actual regulación se encuentra en el artículo 89 del Código Penal, que prevé que las penas de prisión superiores a un año impuestas a ciudadanos extranjeros sean sustituidas, en su integridad o en parte, por la expulsión del territorio nacional, más una prohibición de regreso de cinco a diez años. Este precepto ha sido reformado nada menos que en cinco ocasiones y su prolija redacción es producto —sin duda mejorable— de la enorme complejidad del tema.

La voluntad de incrementar las expulsiones, particularmente las que tienen que ver con la comisión de delitos —llamémoslas expulsiones penales—, es una constante de la política migratoria nacional y de la Unión Europea. En esta línea, las sucesivas reformas del mencionado artículo 89 han estado encaminadas a ensanchar su ámbito de aplicación. Así, por ejemplo, tras la reforma de 2015, estas expulsiones se aplican a cualquier extranjero, con independencia de su situación legal. Conviene aclarar que, en las expulsiones penales, el Estado renuncia a la pena de prisión impuesta en sentencia por la comisión del delito, sustituyéndola —en su integridad o en buena parte— por la expulsión; es decir, el extranjero no cumple la pena sustituida en el país al que es deportado. También es importante percatarse de su ambivalencia aflictiva: mientras en algunos casos la expulsión será algo terrible —pensemos en quienes han tenido que sortear graves dificultades y peligros en su periplo migratorio—, en otros su aplicación puede resultar un regalo, por ejemplo para aquellos que se encuentran en España ocasionalmente para delinquir.

Es fácil, por tanto, entender que las expulsiones penales han de ser administradas con prudencia, pues un dato —la extranjería— que no tiene que ver ni con la gravedad del ilícito cometido ni con el reproche al autor se convierte en elemento determinante de la respuesta al delito. Un uso excesivo de la expulsión penal puede menoscabar funciones propias del derecho penal, como la prevención de futuros delitos a través de la amenaza con una pena, la reafirmación de la vigencia de la norma o la función constitucionalizada de la resocialización. Las lógicas de la política migratoria a veces chocan con las de la política criminal.

Más allá de las necesidades político-criminales, existe otra perspectiva que no se puede ignorar: la de los derechos implicados, algunos inderogables como son el derecho a la vida y a la integridad física o moral y la correlativa prohibición de la tortura y los tratos inhumanos o degradantes, que impide la expulsión a un país donde se corra un riesgo real de sufrir tales vulneraciones. Hay otros derechos que se pueden excepcionar, como el derecho a la vida privada y familiar, pero siempre atendiendo al caso concreto, de tal manera que no se produzca un sacrificio innecesario o excesivo. Es lo que pretende el “principio de proporcionalidad”, recogido expresamente en el artículo 89 del Código Penal: “No procederá la expulsión cuando, a la vista de las circunstancias del hecho y personales del autor, en particular su arraigo en España, la expulsión resulte desproporcionada”. No todos los delitos son iguales y, junto a su gravedad o naturaleza, habrá que ponderar otros factores, como el tiempo de permanencia en nuestro país, la integración sociolaboral, la existencia de familia, la nacionalidad del cónyuge o hijos o sus posibilidades de integración en el país donde sería expulsado el infractor, tal y como viene haciendo el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. No está de más recordar que el principio de proporcionalidad, que ya venía siendo aplicado por los tribunales, fue introducido en el artículo 89 a través de la Ley Orgánica 1/2015, cuando el Partido Popular tenía mayoría absoluta en el Congreso y en el Senado.

En resumen, cualquier propuesta sobre la expulsión de extranjeros que cometen delitos ha de estar en condiciones de explicar su relación con las necesidades político-criminales y con el principio de proporcionalidad. Ignorar estas variables es ofrecer soluciones inconsistentes a problemas complejos, es decir, populismo.

VIEJAS MEDIDAS PARA NUEVAS REALIDADES

VIEJAS MEDIDAS PARA NUEVAS REALIDADES
Helena Maleno Garzón (bio en Wipedia)

[Artículo publicado en elDiario.es de 31.8.24]
[La Mesa por la Hospitalidad no comparte forzosamente la opinión que aquí se expone, pero la propone para la reflexión y el diálogo de todos]

La circularidad no es la salvación de nadie, sino la representación de un sistema donde el reconocimiento de derechos y la seguridad está en las manos del explotador

La visita de Pedro Sánchez a Gambia, Senegal y Mauritania se cierra con ideas rancias bien conocidas porque ya se han implementado en el devenir de la migración desde el Norte de África. Nada nuevo en la ruta migratoria Atlántica después de treinta años, solo el sostenimiento de la perenne alianza de explotación, sufrimiento y muerte.

España lleva décadas hablando y ejecutando políticas de militarización en países fronterizos. Y como parte de estas, sorprendiendo de vez en cuando con deportaciones masivas usadas como golpe de efecto y que por cierto, son un gran negocio para las empresas que invierten en el control del movimiento. En 2006 Bakary e Ismail, el primero en silla de ruedas y el segundo un adolescente, se encontraron tirados en el desierto tras ser enviados desde Canarias a Mauritania junto a otros cientos, y así en un suma y sigue desde entonces.

Los impactos de estas medidas sobre las personas se camuflan como efectos colaterales de las luchas contra las mafias. Redes criminales que siguen creciendo porque los Estados han fracasado en su labor y simplemente las retroalimentan haciéndolas cada vez más fuertes.

Al compás del terror, el viaje de Sánchez nos ha mostrado las “bondades” de las políticas de la compasión con discursos sobre rutas seguras, presentando a la migración circular como el culmen de las mismas. La circularidad no es la salvación de nadie, sino la representación de un sistema donde el reconocimiento de derechos y la seguridad está en las manos del explotador. Tal vez se debería preguntar a muchas jornaleras marroquíes cuyas vidas no han estado exentas de todo tipo de violencias durante su migración regular a los campos de fresas.

Da la sensación que cuando desde el norte global se difunden medidas no hay cuestionamiento, ni evaluación, como si fuesen verdades absolutas. Dogmas cuyo objetivo último es perpetuar un sistema para quienes se enriquecen con el sufrimiento, la explotación y la deshumanización de otras poblaciones. En El Ejido, durante la razzia del año 2000 contra las personas migrantes, se decía que éstas debían estar entre los invernaderos como los aperos de labranza, pero no visibles en las calles.

No se cuestionan los discursos ni las medidas porque nadie se escandaliza por las violaciones de derechos humanos que el control del movimiento de determinadas poblaciones está provocando, como si en estos treinta años y de forma callada un virus de inhumanidad se hubiese extendido de forma terrible.

Estas supuestas verdades difundidas en acuerdos bilaterales no dejan espacio para desarrollar planteamientos que se abren camino desde el sur global, como la necesaria lucha contra el expolio y el extractivismo. Porque las poblaciones del Sahel y el África occidental están pidiendo controlar sus recursos naturales, y plantando cara a las herramientas de control neocolonial que aún persisten. Desde el sur se preguntan también ¿quién tiene la responsabilidad del cambio climático que cada año expulsa a más personas de sus hogares? Hace unos meses defensores del territorio me mostraban la foto de una mujer que yacía con un tiro en la cabeza al lado del río, ejecutada por grupos paramilitares vinculados a empresas extractivistas. Y es que las personas en África no tienen derecho a migrar pero tampoco a no migrar.

Sánchez no solo ha recuperado las medidas de siempre, sino que ha obviado a las miles de víctimas que han provocado esas propuestas políticas y evidentemente no ha tenido tiempo de hablar con representantes de familiares de las muertas y desaparecidas. Tal vez a Moncloa deberían llegar los listados de miles de personas que se fueron y nunca volvieron elaborados por alcaldes de barrios, comunas y aldeas en Mauritania, Senegal y Gambia.