ILP por una regularización extraordinaria de migrantes

Iniciativa Legislativa Popular para una
REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA DE MIGRANTES EN SITUACIÓN IRREGULAR

Este es un documento formativo para una decisión responsable sobre la petición de firmas para que se presente una Iniciativa Legislativa Popular para una Regularización Extraordinaria de Migrantes en Situación Irregular.

Entrada publicada el 5.11.22; actualizada el 11.5.22

Nota de la Mesa sobre más materiales acerca de la ILP en nuestra web

  • Amplia explicación de esta ILP en esta entrada.
  • Artículo de opinión de Soledad Gallego Díaz en esta entrada.
  • Artículo de Gonzalo Fanjul en esta entrada.
  • Vídeo del debate de 12.3.24 en la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Congreso en este enlace. Pueden descargarse en video de forma separada las distintas intervenciones desde este enlace. [Fuente: Congreso de los Diputados 12.3.24].
  • Comunicado de entidades de Iglesia ante la llegada de la ILP al Parlamento en esta entrada.

ACTUALIZACIÓN DEL 11.5.22

Hoy se ha presentado la Iniciativa Legislativa Popular en el Congreso ante la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Sólo es un paso más del trámite  Su objetivo es que el pleno del Congreso tome en consideración y vote sobre la medida antes de que finalice la legislatura, aunque los tiempos dependen de que esta comisión valore y eleve su informe preceptivo al pleno, y nadie se atreve a hablar de plazos.

En cualquier caso, la sesión ha dejado entrever apoyos parlamentarios insuficientes. Los portavoces de Vox, PP y PSOE han expresado ante los ponentes sus discrepancias y dudas sobre la iniciativa con argumentos diferentes, incluso algunos que ni siquiera tienen que ver con el asunto en cuestión.

Aquí el vídeo de la intervención. La exposición de motivos está desde el 20:54 hasta el 52:18 (Lamine Sarr y Edith Espínola, por parte de Regularización Ya, y Gonzalo Fanjul, de Por Causa), es más que interesante. El resto es la intervención de los grupos políticos:

Véase también esta crónica en el Diario Público y esta otra en la web de REDES.

ÍNDICE (toca en cada título para ir a ese apartado)

1. Introducción.
2. Qué significa «personas migrantes en situación irregular».
3. Qué es una «regularización extraordinaria».
4. ¿Es necesaria ahora una «regularización extraordinaria».
5. Pensar y hacer como discípulos y como Iglesia.
6. Conclusiones:


INTRODUCCIÓN

No es nuevo, tristemente, el problema que sufren los y las migrantes que se encuentran en una situación administrativa irregular. Y a lo largo del tiempo han sido y son constantes los esfuerzos personales y colectivos -tanto del mundo eclesial como de la ciudadanía- por paliar los daños que tal situación produce y, a la vez, instar a las Administraciones (locales, autonómica, nacionales, europeas) para que la legislación evitara que esa irregularidad se convirtiera en un dolor más añadido a los ya existentes en toda persona que migra.

El asunto está actualmente de especial actualidad desde que el partido Por Un Mundo Más Justo promovió en diciembre pasado una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) aque solicite una regularización extraordinaria. Esta ILP la gestiona una Comisión Promotora a la que se han sumado diversos colectivos y ONG a través de esta web.

Puede verse información sobre este mecanismo político en, por ejemplo, este enlace (la ley orgánica a que se refiere está aquí). Muy en resumen, se trata de «obligar» a que el Parlamento estudie una proposición de ley que hace el pueblo a través de, al menos, 500.000 firmas.

Pero, ¿de qué hablamos cuando hablamos de todo esto?

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QUÉ SIGNIFICA «PERSONAS MIGRANTES EN SITUACIÓN IRREGULAR»

Migrar no es una concesión benevolente que hagan los Estados, o una acción que sólo pueda realizarse si se dan determinadas condiciones en el país de origen. Migrar es un derecho. O, si se quiere ser híper exactos, la legislación internacional reconoce que “toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado”, y que “toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país”, y esto independientemente de sus causas o motivaciones. Así aparece en el artículo 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Los Estados no pueden anular ese derecho. Lo que sí pueden es regularlo: dictar qué requisitos debe cumplir quien quiera entrar, en nuestro caso, en España, sea para pasar unas vacaciones, para hacer un trabajo, para estudiar, para quedarse aquí, o lo que sea. Pero, repetimos, tales requisitos administrativos tienen que favorecer el derecho de quienes vienen a España, no pueden ser tan rígidos o tan imposibles de cumplir que, en la práctica, la inmigración sea imposible o tan costosa que conculque el resto de derechos de todo ser humano (ampliaremos esto al hablar de nuestro ser y hacer cristiano).

Un o una migrante en situación administrativa (nótese: situación administrativa) irregular es alguien que no cumple alguno/s de los requisitos que marca España. Le falta tal papel, está pendiente de que le den cita para cumplir determinado requisito, ha incumplido una norma administrativa de la legislación europea, estaba en situación legal y con todo cumplido, pero sin culpa suya ha pasado algo (por ejemplo, perder el trabajo) que le devuelve a la situación irregular (la llamada «irregularidad sobrevenida»)… Y así una larga lista de situaciones. De ellas, las que se refieren a la comisión de algún delito (lo que ya es un tema legal, no meramente administrativo) son absolutamente mínimas: no hay mayor delincuencia en los inmigrantes que en los españoles autóctonos, al contrario.

Es importante resaltar que el estar en una situación administrativa irregular no convierte a nadie en delincuente. No se es delincuente por tener caducado el DNI, por no haber presentado en fecha la Declaración de la Renta, por haber recibido una multa de aparcamiento… Administrativamente, se trata de situaciones irregulares, no de delitos penales. Una persona migrante que no ha solicitado aún refugio porque no le han dado la cita, o que tiene caducado su visado, o que no tiene donde empadronarse, o que ha recibido una orden de que sea devuelto a su país de origen y se le ha ingresado en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE), o cualquier otro tema administrativo, no es un delincuente.

No es éste el lugar donde desarrollar el largo y complicado camino administrativo que deben seguir los/as migrantes -en su variada tipología- para regular su estancia en España. Aun siendo complejo, puede consultarse la pedagógica explicación que va haciendo de todo el Prontuario de Acogida de Inmigrantes que va actualizando Cáritas Madrid y la Mesa por la Hospitalidad de nuestra Iglesia en Madrid.

El problema, como veremos ahora, es cuando los requisitos para regularizar la propia estancia en España, son tan complejos de conseguir -por culpa del funcionamiento de las administraciones y de la misma legislación, no por culpa de las personas migrantes- que el número de quienes se encuentran en situación administrativa irregular crece y crece, y se hace casi imposible en la práctica conseguir la deseada regularización.

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QUÉ ES UNA «REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA»

Dicho sin mayores tecnicismos, es un procedo dirigido por el Gobierno español. El Gobierno,  atendiendo a las circunstancias extraordinarias que se dan en las personas inmigrantes en ese momento, deja a un lado el camino habitual de regularización, y la concede -de forma extraordinaria- a los inmigrantes que están en España: a todos o a gran parte, a los que cumplan unas u otras condiciones, etc. Para entendernos, de forma extraordinaria se conceden «papeles» a las personas «sin papeles».

En España, con la actual Constitución, ha habido varias regularizaciones extraordinarias, cada una con distinto alcance y condiciones. Las han realizado gobiernos apoyados tanto por el PP como por el PSOE. Y en la Unión Europea se han realizado más de 40 en 17 de sus Estados miembros, las más recientes -en Portugal y en Italia- en plena pandemia. Sin olvidar que las regularizaciones extraordinarias encajan perfectamente en acuerdos internacionales firmados por España: la Agenda 2030 de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible (véase el objetivo 10), el Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular auspiciado por la ONU y por el que tanto trabajo Francisco, o el Pacto Europeo sobre Migración y Asilo, firmado en 2008.

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¿ES NECESARIA AHORA UNA REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA?

A fecha de hoy, en España, prácticamente todas las entidades que acompañan a migrantes de una u otra forma defendemos que sólo la regularización extraordinaria puede solucionar la muy grave situación de los y las migrantes que sufren la irregularidad. Y esto se afirma desde el contacto diario con las personas migrantes y desde el intento, desde hace ya demasiados años, de seguir los cauces existentes para esa regularización sin que ésta termine de darse.

Puede debatirse teóricamente lo adecuado o no del proceso de regularización que marca actualmente la Ley de Extranjería vigente [Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Su actual reglamento de desarrollo fue aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre]. Pero el problema está en la práctica. Las condiciones que se ponen para obtener la residencia cada quien decidirá si están bien o mal. Pero, de hecho, son tan restrictivas que abocan a los migrantes a, literalmente, tener que sobrevivir mucho tiempo (en el mejor de los casos, meses; habitualmente, años) gracias a lo que les puedan dar graciosamente personas o entidades o a lo que puedan conseguir trabajando ilegalmente, sin seguros, sin sanidad completa, expuestos a cualquier injusticia laboral… Por si esto fuera poco, las administraciones siguen un proceso burocrático lentísimo, y desde hace unos años -ya desde antes de la pandemia- prácticamente imposible de seguir (la conocida imposibilidad de «conseguir cita»). Para remate, con frecuencia se deniega la solicitud de asilo internacional o su renovación por motivos más que discrecionales y carentes de sentido.

Actualmente, la regularización extraordinaria es el único camino para deshacer el gigantesco atasco en que están atrapados cerca de 400.000 migrantes en España, incluyendo, aproximadamente, a un tercio de menores.

Y nótese que ese atasco burocrático va mucho más allá de tener o no «papeles». Porque ese no tenerlos, afecta directamente a sus derechos humanos, y provoca situaciones de injusticia y sufrimiento. Hablamos de la vida cotidiana de tal o cual migrante, de tal familia, de tal varón o mujer que tiene a miles de kilómetros a los suyos. Hablamos de tener algo de dinero para comprar alimento o comida, de intentar conseguir una habitación, de querer trabajar y tenerlo prohibido, de no poder acceder a una sanidad que sea digna de tal nombre, de pedirles requisitos (estar empadronados, tener unos ingresos, no trabajar «en negro»…), de encontrar problemas para escolarizar a los hijos, de acudir una y otra vez a los servicios sociales de las administraciones y no conseguir nada,  a la vez que no se les permite cumplirlos… Hablamos de un problema en la vida, en lo cotidiano, en los derechos humanos básicos de todo varón o mujer independientemente de su origen o su raza. Hablamos de que el o la «irregular» quiere dejar de serlo, pero termina siendo «más irregular» por la dificultad casi insalvable de cumplir lo que se pide para ser «regular».

Es desde ahí donde no se ve otro camino de solución que una regularización extraordinaria. Regularización que, por supuesto, ha de encuadrarse bien en nuestro marco jurídico, como se ha hecho en las ocasiones anteriores. Y, a la vez, regularización que atienda a la realidad actual de nuestra sociedad y de las personas migrantes que, con todo derecho, migran a España.

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PENSAR Y HACER COMO DISCÍPULOS Y COMO IGLESIA

El Evangelio del Señor Jesús -por el que dio la vida y por el que Señor de la nueva vida encabeza la marcha de la Iglesia al servicio del Reino- es una afirmación constante de que no hay nada que se pueda poner por encima de la dignidad y los derechos del ser humano concreto. Absolutamente nada: ninguna ley, ninguna tradición, ningún interés económico, ningún miedo a hipotéticos futuros… nada. Y es que cada ser humano -independientemente de su edad, sexo, nacionalidad, raza, capacidades, ideologías, lo que sea- tiene una dignidad inalienable que le viene precisamente de «ser un ser humano» que, además, es «hijo/a del Buen Abba Padre Dios». Lo que significa que no existe ninguna justificación para vulnerar sus derechos, y, así, tenemos la obligación de intervenir cuando se produce esa vulneración: sea quien sea el causante, sea cual sea el derecho que se vulnere, se aporten las razones que se aporten para provocar ese daño. Como bien recuerda la CONFER en un comunicado sobre este tema [Comunicado sobre la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para una regularización extraordinaria de personas extranjeras, 15.2.22], el Papa Francisco era muy claro en su mensaje por la Jornada Mundial del Migrante y del Refugiado 2019: “En cada actividad política, en cada programa, en cada acción pastoral, debemos poner siempre en el centro a la persona, en sus múltiples dimensiones, incluida la espiritual. Y esto se aplica a todas las personas, a quienes debemos reconocer la igualdad fundamental. Por lo tanto, «el desarrollo no se reduce al simple crecimiento económico. Para ser auténtico, debe ser integral, es decir, promover a todos los hombres y a todo el hombre» (Populorum progressio, 14)”.

Toda ley debe encaminarse a ser garante de esa dignidad y derechos. Pero cuando no ocurre así, al menos en su aplicación práctica, la Iglesia y cada uno de los discípulos del Señor no podemos ni callar ni no actuar.

Es sugerente discernir como cristianos esta situación desde el antiguo precepto -compartido por todas las creencias- de «tratad a los demás como queréis que ellos os traten» (Mt 7, 12). Recuérdese lo dicho arriba, y medítese personal o comunitariamente si podemos admitir que se la haga a un migrante -¡sólo por ser migrante!- lo que no admitiríamos que se nos hiciera a los que tenemos la nacionalidad española. Súmese a ese discernir la constante apelación al cuidado del extranjero tanto en el Antiguo como en el Nuevo Testamento (de los muchos materiales posibles, véase, por ejemplo, el vídeo de esta página web de nuestra Vicaría). Y, si faltara algo, véase qué hace Jesús cuando acecha la muerte, la injusticia y la noche: extremar el amor de palabra y de obra, asombrosa obra (ver Jn 13, 1-15).

Es por eso que la Sección Migrantes y Refugiados que se integra en el Dicasterio vaticano para el Servicio del Desarrollo Humano Integral es taxativa en su postura cuando afirma que: «está decidida a apoyar la solicitud de una regularización de todos los migrantes en situación irregular» (véase íntegro el muy interesante documento, de 6.6.20, en este enlace). Y sigue de forma muy clara:

La mayoría de los argumentos “políticos” a favor de la regularización son de carácter utilitarista: escasez de mano de obra, posible reducción de los flujos migratorios, imposibilidad de expulsar o repatriar  a los migrantes en situación irregular. Desde la perspectiva de la Doctrina Social de la Iglesia, el llamamiento en apoyo de la regularización se basa en la convicción de que «El primer compromiso de cada uno hacia el otro y, sobre todo de estas mismas instituciones [políticas y sociales], se debe situar en la promoción del desarrollo integral de la persona» (Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, 131). Este principio no sólo se aplica a los ciudadanos de una determinada comunidad política, sino también a todas las personas que viven en su territorio. Se deben eliminar todos aquellos comportamientos o condiciones que comprometan la realización del desarrollo humano integral de toda persona. La condición de irregularidad constituye una de estas condiciones, a la que se puede poner fácil remedio mediante un acto administrativo.

¿Y esto no tendrá consecuencias negativas para el país? Nuevamente, el Dicasterio es muy claro sobre esto: «Quienes se oponen a la regularización argumentan que este tipo de medidas puede acarrear diferentes consecuencias negativas. Sin embargo, la mayoría de estas consecuencias dependen de la forma en que se lleva a cabo la regularización, mientras que el resto constituiría, en cualquier caso, el “menor de los males” si se compara con la situación actual«.

El Dicasterio añade algo que no se puede olvidar: «La regularización no debe entenderse ni comunicarse como “la solución”, sino como una medida extraordinaria a adoptar para restaurar prontamente la dignidad personal de muchos seres humanos, creando al mismo tiempo un entorno favorable para el desarrollo de políticas de inmigración e integración coherentes con el modelo de gobernanza compartida, preconizado por el Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular.».

Nuestra Conferencia Episcopal, a través del director de su Departamento de Migraciones, Xabier Gómez, tampoco deja dudas sobre su posición en esta reflexión pública del 25.1.22:

La situación administrativa irregular o la irregularidad sobrevenida en la que se encuentran tantas familias no contribuye ni a su inclusión ni a su desarrollo integral. El Papa Francisco aboga por “establecer en nuestra sociedad el concepto de plena ciudadanía” (Fratelli Tutti, 131). Regularizar a las personas migradas contribuye precisamente a eso; es una continua y prioritaria demanda de nuestra Iglesia de cara a poder acoger, proteger, promover e integrar dignamente. Como recordaban nuestros obispos de la Subcomisión Episcopal para las Migraciones y la Movilidad Humana en su Mensaje con motivo de la Jornada Mundial del Migrante y del Refugiado 2021: “Tenemos la tarea de ayudar a recrear el modelo de ciudadanía que propicie una cultura de la integración que, además, aprenda a globalizar la responsabilidad de vivir juntos en esta casa común. La salida es incorporar aquello a lo que Fratelli Tutti invita: “una mejor política, política puesta al servicio del verdadero bien común” (FT 154)».

El1.6.20, Cáritas Española presentó en el Congreso de los Diputados sus Propuestas para la (re)construcción. En ese profundo documento que atiende a la realidad española del momento y al futuro a reconstruir pero, sobre todo, construir, se habla de la regularización extraordinaria. Cáritas señala que, tras la crisis anterior, la recuperación del mercado de trabajo se nutrió de incorporar a cada vez más trabajadores “atrapados” en condiciones de inseguridad. Se corre el riesgo de que una vez que la crisis actual se contenga, la “recuperación” se construya sobre el mismo modelo de crear empleos a cambio de avanzar en más precariedad. Añade que, a la vez, los servicios sociales tienen recursos menguantes, con deficiencias críticas infradesarrollados ante los nuevos riesgos sociales. Y, en fin, confirma que, una vez más, han sido las personas vulnerables las que más han sufrido el impacto de esta crisis, por lo que la reconstrucción debe darles la máxima prioridad a corto plazo. En sus propuestas concretas sobre diversos temas sociales, sobre las personas migrantes dice (resumimos): “Permitir el empadronamiento de personas extranjeras sin documentación en vigor para que el Padrón municipal refleje la realidad estadística de población de un municipio; flexibilizar las condiciones y criterios de renovación, modificación y prórroga de las autorizaciones de residencia y/o trabajo de la vigente legislación de extranjería para impedir la irregularidad sobrevenida; evitar la reapertura de los CIE; habilitar más espacios de acogida humanitaria y erradicar las condiciones inhumanas del CETI de Melilla; implementar los estándares de derechos humanos y de detección de solicitantes de protección internacional y perfiles vulnerables tanto en los procedimientos de control de fronteras exteriores como de devolución y expulsión de personas extranjeras; y abordar una regularización extraordinaria para incorporar a los migrantes en situación irregular a la sociedad española” (el subrayado es nuestro).

Desde lo dicho del mensaje del Señor Jesús y desde el sentir y la doctrina social de la Iglesia, en nuestra Iglesia diocesana de Madrid compartimos nuestro apoyo a una regularización extraordinaria en España de personas migrantes la Vicaría episcopal para el Desarrollo humano integral y la Innovación, Cáritas Madrid, y la Delegación episcopal para la Pastoral de la movilidad humana.

El apoyo a que se dé una regularización extraordinaria está, pues, avalado por la Doctrina Social de la Iglesia en estos momentos de la sociedad española. Que tal regularización sea a través de la ILP propuesta responde, en casa caso, al discernimiento personal o comunitario.

Pero no se olvide que esa regularización es un elemento más de un proceso de Acoger – Proteger – Promover – Integrar que es más amplio. Como bien recuerda el documento citado del Dicasterio, hacen falta programas orientados a la inclusión laboral y social de los beneficiarios. Programas que deben prestar una adecuada atención a la integridad familiar de los migrantes, así como a la formación y a la activación de las comunidades locales con vistas a un proceso efectivo de integración bidireccional. Junto a la regularización hacen falta iniciativas que prevengan que vuelva a haber en el futuro el problema de la irregularidad.  Y, por supuesto, hay que favorecer caminos para la migración regular, desincentivando el uso de canales irregulares.

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CONCLUSIONES

A. UN DAÑO PERSONAL Y SOCIAL INADMISIBLE. Es muy grave el problema que sufren los y las migrantes que se encuentran en una situación administrativa irregular. Supone un daño real para esas personas y familias en muchos aspectos de la vida cotidiana. Un daño que se alarga sin que desde las administraciones se ofrezcan caminos viables de solución.

B. LA DENUNCIA Y EL APOYO DE ENTIDADES CIVILES Y CRISTIANAS para paliar esta situación han sido y son constantes. Recientemente, un partido político está promoviendo una Iniciativa Legislativa Popular que solicite una regularización administrativa extraordinaria.

C. MIGRAR ES UN DERECHO, y toda legislación de extranjería tiene que favorecerlo, no impedirlo o hacerlo irrealizable en la práctica.

D. UN/A MIGRANTE EN SITUACIÓN ADMINISTRATIVA IRREGULAR NO ES UN DELINCUENTE. No tener “papeles” no es un delito, Máxime cuando, como es el caso en España, la mayoría de las veces no se tienen porque los requisitos que impone el Estado son innecesariamente difíciles de cumplir, totalmente inadaptados a la realidad actual de la sociedad española y de la inmigración, y bloqueados por una burocracia administrativa que hace casi imposible en la práctica conseguir la regularización.

E. UNA REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA ES UNA ACTUACIÓN DEL GOBIERNO Y EL PARLAMENTO. Es acorde con la Constitución y con diversos acuerdos mundiales y europeos. Busca dar solución a las personas “sin papeles” ante una circunstancia muy específica que vulnera sus derechos y no puede resolverse por el procedimiento habitual y legislado. En España ha habido varias regularizaciones extraordinarias a lo largo de nuestra historia democrática.

F. LA NECESIDAD DE QUE SE AFRONTE YA UNA REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA ES APOYADA POR LAS ENTIDADES CIVILES Y CREYENTES QUE ACOMPAÑAN A MIGRANTES. No hay otra salida pero el inmenso atasco que están viviendo cerca de 400.000 hombres, mujeres, y menores. Están atrapados en el callejón sin salida que provoca nuestra incapacidad como Estado de posibilitar lo que el Estado mismo ha legislado. Y ese callejón no es teórico: afecta a la vida del día a día, a la alimentación, a la salud, a la educación, a la vivienda, a la posibilidad de trabajo y, en suma, a los derechos más básicos de todo ser humano independientemente de su situación administrativa o su origen nacional.

G. EL EVANGELIO DE JESUCRISTO ES TAJANTE EN DEFENDER LA DIGNIDAD Y LOS DERECHOS DE CADA PERSONA POR ENCIMA DE TODO. Ninguna norma, tradición, ideología, o justificación puede validar que eso se quiebre. Jesús dio la vida, literalmente, por defender la dignidad inalienable de cada ser humano por serlo y por ser hijo o hija del Buen Padre Dios, especialmente de quienes son más vulnerables y sufren más. Como recuerda Francisco, no hay nada por encima de “promover a todos los hombres y a todo el hombre”.

H. CUANDO ESO NO OCURRE, ES IMPERATIVA LA ACTUACIÓN DEL CRISTIANO Y LA COMUNIDAD ECLESIAL. Se trata de hacer vida hoy y aquí «tratad a los demás como queréis que ellos os traten» (Mt 7, 12), la constante apelación al cuidado del extranjero en la Palabra de Dios, y el ser y el hacer de Jesús cuando acecha la muerte, la injusticia y la noche: extremar el amor de palabra y de obra.

I. MUY IMPORTANTES ENTIDADES DE LA IGLESIA UNIVERSAL Y LA IGLESIA ESPAÑOLA SE HAN MANIFESTADO A FAVOR DE ESA REGULARIZACIÓN ADMINISTRATIVA EXTRAORDINARIA, Y RAZONAN POR QUÉ Y QUÉ DEBE ACOMPAÑARLA. Así, la Sección Migrantes y Refugiados del Dicasterio vaticano para el Servicio del Desarrollo Humano Integral. Lo mismo el Departamento de Migraciones de nuestra Conferencia Episcopal Española, Cáritas Española, la CONFER,  y otras entidades y asociaciones cristianas.

J. EN NUESTRA IGLESIA DIOCESANA DE MADRID, EL APOYO INSTITUCIONAL A ESTA REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA VIENE DE LAS PRINCIPALES ENTIDADES IMPLICADAS: Vicaría episcopal para el Desarrollo humano integral y la Innovación, Cáritas Madrid, y la Delegación episcopal para la Pastoral de la movilidad humana. También las demás entidades de esta Mesa por la Hospitalidad: Comunidad de Sant’Egidio Madrid, Justicia y Paz Madrid, Pueblos Unidos, SERCADE.

K. EL APOYO A QUE SE DÉ UNA REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA ESTÁ, PUES, AVALADO POR EL EVANGELIO Y LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA. Que tal regularización sea a través de la ILP propuesta responde, en casa caso, al discernimiento personal o comunitario.

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4 comentarios

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