POBLACIÓN DE ORIGEN INMIGRADO – ESPAÑA 2025 El Servicio Jesuita a Migrantes (SJM) publica otro año más el informe anual ‘Población de origen inmigrado en España’,una radiografía detallada de la realidad migratoria del país con datos actualizados a 1 de enero de 2025. El estudio, elaborado a partir del análisis del censo anual del INE (Instituto Nacional de Estadística) y los registros del Observatorio Permanente de la Inmigración (OPI), muestra una transformación profunda en la estructura social de España.
+ + + Lee el Informe Completo en PDF – PULSA AQUÍ+ + +
En primer lugar, ¿qué se entiende por población de origen inmigrado (POI)? El concepto incluye la suma de la población residente nacida en el extranjero (incluyendo personas españolas nacidas en el extranjero) y las personas extranjeras nacidas en España.
A 1 de enero de 2025, la POI asciende a 9.963.353 personas, lo que representa el 20,28% de la población total. Esto significa que una de cada cinco personas residentes en España tiene un origen vinculado a la migración.
El estudio señala, además, a la inmigración como el factor determinante para el crecimiento poblacional. Entre 2021 y 2025, mientras la población total creció en 1,7 millones, la población de origen inmigrado aumentó en más de 2,1 millones, lo que compensó una disminución de 429.133 personas en la población «autóctona» (españoles nacidos en España).
Respecto al perfil migratorio, aunque Marruecos sigue siendo el principal país de origen con 1.165.955 residentes, el dinamismo actual está liderado por los flujos procedentes de Iberoamérica. Durante 2024, los incrementos más significativos correspondieron a personas nacidas en Colombia (+121.425) y Venezuela (+92.547). Por el contrario, grupos históricos como el rumano, el británico o el ucraniano han experimentado retrocesos en sus cifras de residentes.
El informe detiene su mirada sobre los 20 orígenes mayoritarios, que son los siguientes:
Un fenómeno especialmente preocupante es lo que denominamos como “bolsa de irregularidad administrativa”. El contraste entre los datos de empadronamiento (INE) y las tarjetas de residencia en vigor (OPI) permite al SJM identificar una brecha crítica de irregularidad. Esta situación es especialmente alarmante en el colectivo colombiano (con una diferencia de -410.670 personas), seguido por venezolanos (-165.096) y peruanos (-146.203). El informe advierte que estas cifras reflejan no solo flujos recientes, sino también las trabas administrativas para la regularización y el empadronamiento y, por ende, para el acceso a derechos fundamentales.
Por último, el informe también ofrece una evolución de la POI desglosado por Comunidad Autónoma. Se indica que la presencia migratoria es particularmente intensa en el arco mediterráneo y Madrid:
Las Islas Baleares continúan liderando el ranking con un 28,7% de población nacida en el extranjero, seguidas de Cataluña (25,1%), Madrid (24,9%) y la Comunidad Valenciana (24,1%). El estudio destaca un papel de “rescate demográfico” en regiones muy envejecidas como Asturias, donde la inmigración se ha convertido en el único factor de crecimiento relevante.
Los jesuitas de Níjar (Almería), que trabajan habitualmente con inmigrantes, subrayan que «el apoyo de los obispos, la Conferencia Episcopal y de otras realidades eclesiales a la regularización no nace de una toma de partido coyuntural, sino de una experiencia prolongada de acompañamiento». A su juicio, «mantener a cientos de miles de personas en la irregularidad permanente no protegía el orden social, sino que lo debilitaba; no favorecía la convivencia, sino que normalizaba la precariedad y el abuso».
Durante años, España ha convivido con una paradoja silenciosa: cientos de miles de personas forman parte de la vida cotidiana —trabajando, cuidando, sosteniendo sectores enteros de la economía y de la vida comunitaria— sin existir plenamente a ojos del derecho. No son una abstracción ni una amenaza difusa. Tienen nombre, horarios, trabajos, vecinos, responsabilidades.
La regularización extraordinaria aprobada recientemente por el Gobierno no irrumpe en una sociedad vacía ni crea de la nada una nueva realidad social. Llega, más bien, al final de un proceso largo en el que esas vidas ya estaban siendo acompañadas, defendidas y promovidas desde abajo, en barrios, asociaciones, institutos, centros de salud, sindicatos o parroquias. Por eso, reducir esta medida a una «regularización masiva» simplifica en exceso lo ocurrido y oscurece lo verdaderamente relevante.
¿Quiénes son las personas regularizadas?
Hablar de regularización extraordinaria en términos agregados —cientos de miles de personas, plazos administrativos, requisitos legales— resulta inevitable, pero insuficiente. La realidad que esta medida alcanza es, ante todo, biográfica. Son trayectorias largas, muchas veces invisibles, que han transcurrido en el cruce entre la necesidad de trabajar, el arraigo progresivo y la ausencia de un reconocimiento jurídico estable.
Está la mujer que cuida a personas mayores desde hace años, enlazando empleos precarios y sosteniendo hogares ajenos mientras el suyo quedaba suspendido en un limbo administrativo. Está el jornalero que ha pasado campañas enteras en la agricultura intensiva de los invernaderos, contribuyendo de forma decisiva a un sector estratégico desde condiciones de extrema vulnerabilidad. Está el trabajador de la hostelería o del reparto que atravesó la pandemia manteniendo servicios esenciales sin contrato regular ni protección suficiente. En no pocos casos, estas personas participan además en asociaciones vecinales, comunidades religiosas o redes de apoyo mutuo que estructuran la vida cotidiana de barrios y pueblos.
Nada de esto comenzó con el decreto. La regularización no crea estas vidas ni las incorpora por primera vez a la sociedad; se limita a reconocer jurídicamente una presencia que ya era social, económica y relacional. Por eso resulta problemático hablar de «masa» o de «regularización masiva». No hay aquí una realidad indiferenciada, sino una pluralidad de historias concretas que comparten una vulnerabilidad común: haber vivido durante años sin el amparo pleno del derecho.
Poner el foco en los rostros no es un recurso sentimental. Es una exigencia analítica. Solo desde ahí se comprende que la irregularidad administrativa no era una anomalía marginal, sino un rasgo estructural de nuestro modelo de convivencia, y que la regularización apunta a corregir esa disonancia entre vida real y reconocimiento institucional.
Un proceso desde abajo: la pluralidad de actores que lo hicieron posible
La regularización extraordinaria no puede entenderse únicamente como una decisión adoptada en el Consejo de Ministros. Llega precedida de un proceso social largo, articulado a través de una constelación de actores muy diversos que, durante años, han trabajado en los márgenes de un sistema migratorio incapaz de absorber la realidad que generaba.
La iniciativa legislativa popular (ILP) por la regularización fue la expresión más visible de ese proceso, pero no su punto de partida. Detrás de las casi 800.000 firmas hubo decenas de organizaciones de personas migrantes, entidades sociales, sindicatos, plataformas ciudadanas, profesionales del derecho, de la salud y de la educación. Y también parroquias, congregaciones religiosas, Cáritas, el Servicio Jesuita a Migrantes (SJM) y otras muchas realidades eclesiales que, desde su inserción territorial, acompañaban situaciones concretas de exclusión jurídica.
Este entramado no actuó como un bloque homogéneo ni con una sola voz. Fue —y sigue siendo— plural, descentralizado y a veces incluso disonante. Precisamente ahí reside su fuerza: en haber sostenido, desde lugares distintos, una misma constatación práctica. Mantener a cientos de miles de personas en la irregularidad permanente no protegía el orden social, sino que lo debilitaba; no favorecía la convivencia, sino que normalizaba la precariedad y el abuso.
Hablar de este proceso permite desplazar el foco del debate. No estamos ante una concesión graciosa ni ante un gesto unilateral del poder político, sino ante el reconocimiento institucional de una presión cívica sostenida. Una acción colectiva que no buscaba privilegios, sino coherencia entre derechos proclamados y vidas reales.
Para el bien común: una lectura desde la ética social cristiana
Más allá de su dimensión jurídica, la regularización extraordinaria plantea una pregunta de fondo: qué entendemos por bien común en una sociedad atravesada por la movilidad humana. Desde la tradición de la doctrina social de la Iglesia, el bien común no es la suma de intereses individuales ni el simple equilibrio entre mayorías y minorías, sino el conjunto de condiciones que permiten a todas las personas desarrollar una vida digna en comunidad.
Leída desde ahí, la regularización no es un gesto ideológico ni una medida movida por la mera compasión. Es una decisión que responde a una evidencia ética: una sociedad funciona peor cuando acepta como normal que una parte significativa de quienes la sostienen viva sin derechos plenos. La irregularidad administrativa prolongada no beneficia a nadie; genera miedo, explotación, economía sumergida y fractura social.
Los cuatro verbos que el Papa Francisco ha propuesto reiteradamente —acoger, proteger, promover e integrar— ayudan a nombrar esta lógica sin necesidad de convertirlos en consignas. Acoger significa reconocer una presencia ya existente. Proteger implica sacar a las personas de la intemperie jurídica. Promover supone abrir posibilidades reales de desarrollo personal y laboral. Integrar no es asimilar, sino permitir una participación plena en la vida social.
Desde esta clave, el apoyo de los obispos, la Conferencia Episcopal y de otras realidades eclesiales a la regularización no nace de una toma de partido coyuntural, sino de una experiencia prolongada de acompañamiento. Allí donde la Iglesia ha estado cerca de las vidas concretas, la irregularidad no aparecía como un principio abstracto, sino como un obstáculo cotidiano para la dignidad y la convivencia.
Cierre (o apertura)
El debate sobre la regularización extraordinaria seguirá abierto, como es lógico en una sociedad plural. Pero quizá convenga desplazar la mirada: no tanto hacia la excepcionalidad de la medida como hacia la normalidad de las vidas que reconoce. Desde esta perspectiva, el respaldo de amplios sectores de la sociedad civil —incluidas muchas realidades eclesiales— no responde a una lógica ideológica ni a un cálculo coyuntural. Brota de una experiencia concreta: la de haber acompañado durante años a personas que ya estaban aquí y cuya exclusión jurídica no fortalecía a la sociedad, sino que la empobrecía.
La regularización no resuelve todos los problemas del sistema migratorio, pero recuerda algo elemental: el bien común no se construye levantando muros administrativos, sino ampliando derechos allí donde la vida ya había encontrado la forma de sostenerse.
Comunidad jesuita de Níjar
Servicio Jesuita a Migrantes Almería
La comunidad jesuita Padre Rubio reside en Casa Arrupe en Puebloblanco (Níjar, Almería), en medio del mar de plástico, como comunidad de acogida junto con trabajadores inmigrantes de los invernaderos. Su misión se centra en acompañar, servir y defender a estas personas, en el marco del Servicio Jesuita a Migrantes (SJM-Almería).
+++ Audio de la entrevista a Xabier Parra hoy en Onda Cero, «Más de uno» +++
ENTIDADES DE IGLESIA CELEBRAN EL INICIO DE UN PROCESO PARA LA REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA DE PERSONAS MIGRANTES Lo consideran un complemento imprescindible al Reglamento de Extranjería al ofrecer respuestas a quien no pueden acogerse a las vías ordinarias Se trata de un refrendo al compromiso de más de 900 organizaciones que llevan cuatro años trabajando por la aprobación de la ILP
Más entradas en nuestra web sobre la Iniciativa Legislativa Popular para esta Regularización Extraordinaria: pulsa aquí.
Madrid.- 27 de enero de 2026. La Red de Entidades para el Desarrollo Solidario (REDES), la Conferencia Española de Religiosos (CONFER), Cáritas y el Departamento de Migraciones de la Conferencia Episcopal Española celebran el anuncio de un proceso que lleve a la regularización extraordinaria de personas migrantes que viven en nuestro país. Consideran esta medida como un acto de justicia social y reconocimiento a tantas personas migrantes que con su trabajo llevan tiempo contribuyendo al desarrollo de nuestro país aún a costa de mantenerles en situación irregular.
Este Grupo Eclesial de apoyo a la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) considera que la regularización extraordinaria es un complemento imprescindible al Reglamento de Extranjería, al ofrecer respuesta a quienes no pueden acogerse a las vías ordinarias.
El reglamento de extranjería ha supuesto un avance en algunas cuestiones, pero está sufriendo ajustes frecuentes y adolece de algunas lagunas que ameritarían su reforma para consolidarlos. Por ello, este grupo eclesial ha solicitado en reiteradas ocasiones que incorpore, como se ha hecho con anterioridad, una disposición transitoria que permita una regularización extraordinaria.
El Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024), en vigor desde mayo de 2025, constituye un paso positivo y necesario para garantizar los derechos y la dignidad de las personas migrantes. Sin embargo, deja fuera a numerosos colectivos vulnerables que nuestras entidades acompañan cotidianamente y que han sido objeto reiterado de las demandas que como entidades eclesiales han hecho en estos años de trabajo por la ILP regularización:
Personas sin posibilidad de acreditar los dos años de permanencia exigidos, a menudo por pérdida de documentos en situaciones de precariedad o emergencia.
Personas indocumentadas, que no pueden acceder a la cédula de inscripción debido a trámites excesivamente rígidos.
Personas con difícil empleabilidad por edad, discapacidad, sinhogarismo o enfermedad crónica.
Trabajadoras y trabajadores que, aun pudiendo trabajar, no logran presentar un contrato formal previo debido a la lentitud de la administración.
Solicitantes de protección internacional denegada, que quedan atrapados en largos periodos de irregularidad.
Familias con niños y niñas en situación irregular que, aun cumpliendo requisitos, no podrán ser regularizadas.
Las entidades eclesiales han trabajado en un proceso participativo que llegó a concitar a más de 900 organizaciones de toda índole y recabó más de 600.000 firmas para la tramitación de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP). Desde el año 2023 las cuatro entidades han participado en multitud de reuniones con actores políticos y sociales exponiendo la preocupación compartida y constatada en el día a día de la labor de acompañamiento que realizan entidades eclesiales por la relación innegable entre irregularidad administrativa y exclusión social.
Según el IX Informe FOESSA sobre exclusión y desarrollo social, casi nueve millones de personas migrantes viven en nuestro país. La situación administrativa irregular en la que están muchas de ellas provoca que el 68% se encuentre en exclusión social. Según los últimos datos publicados por Cáritas, el 47% de las personas acompañadas por la institución en 2024 no tenía regularizada su situación, lo que equivale aproximadamente a unas 550.000 personas. Una cifra que no para de crecer desde 2019.
En este día las entidades eclesiales ponen el énfasis en la inmensa labor de diálogo que se ha llevado a cabo y en la amplia aprobación que tuvo la toma en consideración de la iniciativa el 9 de abril de 2024 en el Congreso de los Diputados. Esta regularización extraordinaria ha sido demandada por amplios sectores de la sociedad por ser una medida de responsabilidad política, ética y social. Ha llegado la hora de dar un paso decidido hacia una sociedad más justa e inclusiva, donde nadie quede relegado a la invisibilidad y la exclusión.
– – – – – – – – – – – – – – – Contactos de prensa CONFER: Eva Silva – 660 43 59 29 / eva.silva@confer.es REDES: Xabier Parra – 689 22 32 42 / incidencia@redes-ongd.org Cáritas Española: Laura Daniele – 618 89 38 80 / ldaniele.ssgg@caritas.es Conferencia Episcopal: Fernando Redondo-664 33 45 32 / migraciones@conferenciaepiscopal.es
EL GOBIERNO APROBARÁ HOY REGULARIZACIÓN EXTRAORDINARIA DE MIGRANTES La medida, a la que podrán acogerse quienes estuvieran en España antes del 31 de diciembre de 2025, afectará a cerca de medio millón de personas
José Calderero de Aldecoa para Alfa y Omega de 27.1.26] [Foto de EFE / Macarena Soto. Cola de migrantes en oficina de extranjería]
Más entradas en nuestra web sobre la Iniciativa Legislativa Popular para esta Regularización Extraordinaria: pulsa aquí.
El Consejo de Ministros aprobará este martes el inicio de la tramitación de un real decreto para la regularización extraordinaria de personas extranjeras que ya se encuentran en España. Se trata de una medida que ha pactado con Podemos, según la agencia EFE, pero que reclamaban desde hace meses las organizaciones impulsoras de la ILP para la regularización de migrantes.
En entrevista con Alfa y Omega, el director de la Fundación para la Ciudadanía Global, Jorge Serrano, reconocía en octubre de 2025 que las entidades promotoras «estamos valorando» un cambio de estrategia. «La regularización se puede aprobar mañana mismo, si el Gobierno quiere, a través de un real decreto», explicaba entonces Serrano. Por eso, los 700.000 firmantes y las 1.000 organizaciones sociales que hay detrás, «donde antes decíamos ILP ahora decimos real decreto y le pasamos la pelota al tejado del Ejecutivo», que ha reconocido en infinidad de ocasiones que la regularización extraordinaria beneficia a la economía y a los migrantes. «Si es tan buena, dejen el cálculo electoral y aprueben ya la medida», pedía Serrano, una propuesta que mañana previsiblemente verá la luz.
Antes del 31 de diciembre
El Ejecutivo ha anunciado esa iniciativa minutos después de que la secretaria política y eurodiputada de Podemos, Irene Montero, haya adelantado el acuerdo con el PSOE, que tiene como objetivo regularizar a en torno medio millón de personas, que podrán beneficiarse de la medida hasta el próximo 30 de junio.
En un acto celebrado en Madrid bajo el título Regularización Ya, Montero ha hecho este anuncio, que significará papeles para todas las personas que estuvieran en España antes del 31 de diciembre del año 2025 que no tengan antecedentes penales y que puedan demostrar al menos cinco meses de residencia.
Y podrán hacerlo con el empadronamiento pero también con otros medios como un informe médico, un contrato de luz o de alquiler o un certificado de envío de dinero, algo muy demandado por las entidades sociales debido a las dificultades que muchas veces enfrentan las personas en situación de irregularidad para acceder el padrón.
Además, en el momento de la presentación de la solicitud quedarán suspendidos los procedimientos de retorno o las órdenes de expulsión por motivos administrativos o por trabajar sin permiso que pesaran sobre la persona.
La admisión a trámite de la petición ya dará una autorización de residencia provisional que permite trabajar de forma legal y acceder a otros derechos fundamentales, como la asistencia sanitaria.
Si la resolución es favorable, se concederá una autorización de residencia por periodo de un año, al término de la cual podrá solicitarse una autorización ordinaria conforme al reglamento de extranjería.
Apoyo masivo a la regularización extraordinaria de migrantes
Fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones han precisado que este real decreto tiene como objetivo garantizar derechos y dar seguridad jurídica a una realidad social existente y es fruto de un acuerdo con Podemos y de «una suma de voluntades que ponen en el centro a las personas».
La iniciativa retoma el mandato de la iniciativa legislativa popular (ILP) por la regularización que llegó al Congreso de los Diputados respaldada por más de 600.000 firmas, superó su primer trámite en la Cámara Baja —la toma en consideración— con el apoyo de todos los grupos menos Vox en abril de 2024 y llevaba desde entonces bloqueada por la falta de acuerdo parlamentario.
Según el Ministerio que dirige Elma Saiz, con este real decreto España «refuerza» un modelo de política migratoria «basada en derechos humanos, integración y convivencia, compatible con el crecimiento económico y la cohesión social».
No será necesaria convalidación parlamentaria
Al tramitarse como un real decreto, el Gobierno no requiere de su convalidación parlamentaria, como sí ocurre con los reales decretos-ley, que al mes de su aprobación y entrada en vigor precisan del aval del pleno del Congreso, lo que obliga al Ejecutivo a buscar los apoyos necesarios para sacarlos adelante.
Esta vía permite esquivar la falta de apoyos que los socios de Gobierno han encontrado en materia migratoria, entre otras razones por el rechazo de Junts a sus medidas.
De hecho, ha habido precedentes de regularizaciones aprobadas por esta misma vía, como la que emprendió en 2001 el Gobierno de José María Aznar, en su primera legislatura, cuando el PP todavía no tenía mayoría absoluta en el Congreso.
LA TRAMPA DE LA «VULNERABILIDAD»: ENTRE LA CONFUSIÓN CONCEPTUAL Y EL ABUSO DEL LENGUAJE Confundir esta palabra con debilidad lleva a un discurso compasivo pero condescendiente, que ve a las personas o grupos “vulnerables” como objetos pasivos, merecedores de lástima o ayuda, en lugar de agentes con resiliencia, capacidades y derechos
En el paisaje lingüístico contemporáneo, ciertas palabras se cargan de significados emocionales y políticos que pueden diluir su precisión conceptual. Vulnerabilidad es una de ellas.
Originalmente, un término técnico proveniente del latín vulnerabilis (“que puede ser herido”), se ha instalado en el discurso cotidiano, psicológico y social. Y muy especialmente en el ámbito del trabajo social local o inte5nacional y en la llamada acción humanitaria.
Sin embargo, este uso extendido no siempre es correcto y, en muchos casos, resulta impreciso, confuso, problemático e interesado. En este camino a la popularización, ha sufrido una distorsión fundamental: se ha confundido peligrosamente con conceptos como debilidad o fragilidad. Este mal uso no es un mero error semántico; constituye una simplificación que empobrece y banaliza nuestra comprensión de la condición humana y está llevando a políticas sociales paternalistas, de corte caritativo o a una visión estática de las personas y sus situaciones.
El primer y más grave desvío es la transformación de la vulnerabilidad en un estado ontológico, en una cualidad intrínseca y general. Se habla de “personas vulnerables”, “grupos vulnerables” o incluso de “una condición de vulnerabilidad” como si se tratara de una cualidad esencial, inherente permanente y general. Esta absolutización omite la estructura relacional y situacional del término.
En su sentido preciso, se es vulnerable “a” algo: a la pobreza, a un ciberataque, a la enfermedad, a la discriminación por motivos de raza o género, a la enfermedad, a un riesgo ambiental, a una estructura económica injusta, a una forma de violencia o a una exclusión institucional. La vulnerabilidad es siempre una relación dialéctica entre un sujeto (individual o colectivo), un contexto específico y una amenaza potencial. En sentido estricto, nadie es vulnerable en abstracto. La vulnerabilidad no es un rasgo absoluto ni una etiqueta universal, sino una relación específica frente a una amenaza concreta.
La vulnerabilidad siempre implica exposición a un peligro específico y una capacidad limitada para afrontarlo. Por ello, afirmar que alguien “es vulnerable” sin precisar a qué lo es, equivale a vaciar el término de contenido analizable y convertirlo en una categoría ambigua. Un ejecutivo de una multinacional puede ser extremadamente vulnerable a un colapso bursátil, pero no a una sequía que afecte su acceso al agua potable; un agricultor de subsistencia puede serlo a esa misma sequía, pero no a la volatilidad de los mercados financieros; el Rey de España puede ser enormemente vulnerable a las ocurrencias de su emérito padre, pero no parece serlo a la sequía o los cambios en los mercados. Reducir la vulnerabilidad a un adjetivo generalizado invisibiliza las estructuras de poder y los sistemas que las producen, personalizando y patologizando lo que es, en gran medida, un fenómeno político y social.
Etiquetar a personas o colectivos como “vulnerables” sin contextualización contribuye a naturalizar la desigualdad, como si esta fuera inherente a quienes la padecen y no el resultado de relaciones de poder, políticas públicas deficientes o sistemas económicos excluyentes. Y contribuye a estigmatizar a esos colectivos.
Esta absolutización conduce directamente al segundo malentendido: la equiparación de vulnerabilidad con debilidad o fragilidad. La debilidad sugiere una carencia de fuerza, una incapacidad. La fragilidad alude a una constitución delicada, propensa a romperse. Ambas implican una falta, un déficit inherente al sujeto. Como señaló la filósofa Judith Butler, la vulnerabilidad es una condición relacional que emerge de la interdependencia humana y de las estructuras sociales, no de un fallo individual.
Una persona puede ser autónoma, fuerte y competente, y aun así ser vulnerable a ciertas amenazas en determinadas circunstancias. Confundir vulnerabilidad con inferioridad personal reduce el fenómeno a una característica individual y oculta las condiciones sociales que lo producen. Esta confusión no es inocente. Etiquetar a personas o colectivos como “vulnerables” sin contextualización contribuye a naturalizar la desigualdad, como si esta fuera inherente a quienes la padecen y no el resultado de relaciones de poder, políticas públicas deficientes o sistemas económicos excluyentes. Y contribuye a estigmatizar a esos colectivos.
Por otro lado, la distribución social de la vulnerabilidad —quién está expuesto a qué amenazas y con qué recursos para enfrentarlas— es profundamente desigual y es ahí donde radica la injusticia. La pensadora feminista Martha Fineman, con su teoría de la “vulnerabilidad universal”, argumenta precisamente que, al reconocer que todos somos sujetos vulnerables, el Estado debe centrarse en crear “instituciones resilientes” que mitiguen las desventajas, en lugar de etiquetar a ciertos grupos como intrínsecamente frágiles.
El lenguaje de la vulnerabilidad, mal empleado, puede reforzar el paternalismo y despojar a los sujetos de su capacidad de ser agentes, presentándolos únicamente como receptores pasivos de protección, sin capacidades para afrontar las amenazas
Confundir vulnerabilidad con debilidad lleva a un discurso compasivo pero condescendiente, que ve a las personas o grupos “vulnerables” como objetos pasivos, merecedores de lástima o ayuda, en lugar de agentes con resiliencia, capacidades y derechos. El lenguaje de la vulnerabilidad, mal empleado, puede reforzar el paternalismo y despojar a los sujetos de ser agentes, presentándolos únicamente como receptores pasivos de protección, sin capacidades para afrontar las amenazas.
Las consecuencias de esta confusión terminológica son tangibles. En el ámbito de las políticas públicas, designar a un grupo como “vulnerable” sin especificar a qué, puede llevar a intervenciones genéricas y asistencialistas que no atacan las raíces sistémicas de su exposición al daño. Lo estamos viendo en numerosos países, entre ellos, España. El sociólogo Loïc Wacquant critica cómo el lenguaje de la vulnerabilidad puede servir para “despolitizar” la pobreza, transformando una cuestión de justicia económica y redistribución en un mero problema de gestión de poblaciones marginales.
En la psicología popular, la exhortación a “mostrar vulnerabilidad” —popularizada por autores como Brené Brown, quien la asocia con el coraje, la autenticidad y la conexión—, aunque valiosa, corre el riesgo de ser trivializada si se olvida su dimensión contextual. Brown enfatiza que la vulnerabilidad requiere límites y confianza; no es una exposición indiscriminada. Revelar las propias heridas solo es seguro en contextos de respeto; de lo contrario, puede aumentar la exposición a nuevas agresiones. No se invita a ser “vulnerable” en abstracto, sin considerar que la vulnerabilidad siempre es ante alguien o ante algo.
Recuperar la precisión del término es, por tanto, un acto de rigor ético y político. Implica, en primer lugar, reinstaurar la preposición “a”: siempre debemos preguntarnos “vulnerable, ¿a qué?”, y “¿bajo qué condiciones?”. En segundo lugar, requiere desligarla de la dicotomía fortaleza/debilidad. La vulnerabilidad no es lo opuesto a la resiliencia; de hecho, es su presupuesto. Solo porque somos vulnerables podemos ser resilientes. La resiliencia es la capacidad de responder, adaptarse y recuperarse ante las amenazas a las que somos vulnerables, tal como lo estudian las ciencias de la sostenibilidad, la reducción de riesgo de desastres y la psicología comunitaria.
En conclusión, el mal uso del término “vulnerabilidad” al convertirlo en un estado absoluto y confundirlo con debilidad, no es una mera imprecisión lingüística. Es un síntoma de un pensamiento borroso que, al descontextualizar la exposición a la amenaza y el daño, termina por naturalizar las desigualdades y despojar a las personas de su poder como agentes.
La vulnerabilidad, bien entendida, no nos debilita; nos revela la urdimbre fundamental de nuestra interdependencia y la responsabilidad colectiva de tejer redes que protejan, sin anular, esa condición compartida
Reconocer que la vulnerabilidad es relacional, situacional y universalmente humana, pero desigualmente distribuida, nos obliga a un análisis más fino de las estructuras sociales. Nos lleva a una solidaridad basada no en la lástima por el “débil” o “vulnerable”, sino en la justicia y el compromiso por transformar aquellas condiciones que exponen de manera injusta y evitable a unos más que a otros a sufrir daño.
La vulnerabilidad, bien entendida, no nos debilita; nos revela la urdimbre fundamental de nuestra interdependencia y la responsabilidad colectiva de tejer redes que protejan, sin anular, esa condición compartida. Reconocer que la vulnerabilidad es siempre contextualizada, situada, relacional y específica, y que no equivale a debilidad ni fragilidad, resulta fundamental para evitar estigmatizaciones y para comprender con mayor precisión las dinámicas de riesgo y desigualdad. Recuperar el rigor del concepto implica dejar de usarlo como una etiqueta general y asumirlo como una herramienta analítica que revela no quiénes “son” vulnerables, sino a qué y por qué lo son.