Presencial o en línea: LA INMIGRACIÓN, UNA OPORTUNIDAD – Jorge de Dompablo


Discapacidad. Local accesible a personas con movilidad reducida.

Charla presencial o en línea
LA INMIGRACIÓN, UNA OPORTUNIDAD
Jorge de Dompablo

[publicado el 7.2.25; actualizado el 12.2.25]

El Instituto Superior de Pastoral (Univ. Pontif. de Salamanca, campus de Madrid), dentro de su ciclo de charlas de Lectura Creyente de la Actualidad, nos convoca:

  • El jueves 13 de febrero, a las 12:00, en su sede (Paseo de Juan XXIII, 3. 28040 Madrid),
  • de forma presencial o en línea (pedir enlace a la secretaría antes del miércoles 12: secretaria.pastoral@upsa.es o 91 171 01 32.
  • a la charla de Jorge de Dompablo (ver esta entrada) «LA INMIGRACIÓN, UNA OPORTUNIDAD».

Charla de Jorge de Dompablo: LA INMIGRACIÓN, UNA OPORTUNIDAD.

¿’Mulas’ de la droga o víctimas de trata? Principio de No Punición

UN BILLETE DE VUELTA PARA LAS ‘MULAS’: DE TRAFICANTES A VÍCTIMAS DE TRATA
Angelina fue, hace cinco años, la primera beneficiaria en España del principio de no punición. El Supremo tumbó esa absolución. De cómo se resuelva finalmente su caso depende el futuro de cientos de mujeres vulnerables forzadas a delinquir.

[Jesús García Bueno para El País, 19.1.25]
[© imagen Fernando Hernández]

DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA. Desde esta web, invitamos fervientemente a leer, como documentación complementaria a este artículo, el informe jurídico «VÍCTIMAS DE TRATA Y PRINCIPIO DE NO PUNICIÓN. UNA SENTENCIA QUE NO DEBE CONVERTIRSE EN DOCTRINA. Análisis y crítica de la Sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo núm. 960/2023, de 21 de diciembre» (puede descargarse desde este enlace). En ese informe han intervenido doce profesionales del Derecho, y de ofrece una mirada técnica, jurídica y profesional sobre la sentencia dicha, que, como se verá, forma parte central del artículo que ofrecemos abajo.

No penalización de las víctimas de trata.. Imagen Fernando Hernández.

Angelina, símbolo y esperanza

Angelina, peruana de 27 años, ignora lo importante que es. No sabe que se ha convertido en bandera, en símbolo, en esperanza; que la suerte de cientos de personas en España está ligada sin remedio a la suya. La resolución final de su caso va a determinar si las mujeres vulnerables que han cometido delitos obligadas por grupos criminales deben ser castigadas por ello o exculpadas. En 2020, Angelina se convirtió en la primera mujer a la que la justicia española aplicaba el principio de no punición. Un año antes, había abandonado el barracón con techos de zinc en el que vivía, en un arrabal de Lima, y había dejado a su bebé de cuatro meses en brazos de una amiga, para volar hasta Barcelona. Llevaba medio kilo de cocaína oculta en preservativos que previamente había ingerido. Fue detenida. Pero una sentencia pionera la declaró víctima de trata de seres humanos y la absolvió. Angelina regresó a su país y esquivó la cárcel, el destino que aguarda a las mulas que fracasan, las que se quedaron sin billete de vuelta.

Por no saber, Angelina no sabe ni que esa decisión fue revocada. Que ya no es, a ojos de la justicia española, una víctima. Pero nadie va a ir a perseguirla a Lima así que mejor que no sepa, que vivirá más tranquila, razona su abogada, Núria Monfort. El Tribunal Supremo anuló la sentencia tres años después argumentando, entre otras cosas, que la joven había accedido a transportar la sustancia a cambio de dinero y que perdonarla podría provocar un “efecto llamada” para los carteles de la droga. Las juristas expertas en delitos de trata creen que la resolución del alto tribunal es un error clamoroso sin cobertura legal. Y quieren evitar a toda costa que un segundo pronunciamiento, en el mismo sentido, siente jurisprudencia. “Esta sentencia no puede convertirse en doctrina”, claman. La abogada de Angelina, mientras tanto, ha recurrido la decisión ante el Tribunal Constitucional en un intento de que se reconozca que las mulas, en determinadas ocasiones, son más víctimas que delincuentes.

El principio de no punición, contemplado en el Convenio de Varsovia (2005) y en una directiva de la UE (2011), implica que los Estados no deben sancionar penalmente a las personas que, por su condición de víctimas de trata, se han visto forzadas a delinquir. Una veintena de los 46 países del Consejo en Europa han adoptado cláusulas en ese sentido, lo mismo que algunos estados de Estados Unidos. En España, el principio llegó por la vía de una reforma del Código Penal (2010), que prevé la exención de la pena para víctimas que, como consecuencia de situaciones de “violencia, intimidación, engaño o abuso” hayan cometido una infracción. La trata para explotación sexual o laboral puede ser reconocida y detectada sin demasiados problemas por la policía. Pero la trata con fines criminales (tráfico de drogas, extracción de órganos, mendicidad organizada) no lo es tanto, genera dudas, se mueve en una zona de grises. Tal vez por esa razón, España tardó una década en aplicarlo a un caso concreto: el de Angelina.

Carolina Villacampa, catedrática de derecho penal de la Universidad de Lleida, se propuso poner fin a la invisibilidad de ese fenómeno. En 2012, lideró un estudio pionero en dos cárceles catalanas. Entrevistó a 45 mujeres que esperaban juicio o cumplían condena por diversos delitos. Al menos diez reunían todos los requisitos para ser consideradas víctimas de trata. Y ocho de ellas eran mulas, que habían sido forzadas por traficantes a transportar droga desde países sudamericanos (México, Ecuador, Venezuela). Supuestas amigas y loverboys que les hacían regalos y promesas las captaron y adiestraron para cumplir la misión. Algunas trajeron la droga en maletas facturadas, en bolsos de mano o adherida entre la piel y la ropa. Pero otras fueron obligadas a ingerir cápsulas, cuantas más mejor, lo que puso en riesgo su salud y sus vidas. Bajo condición de anonimato, las mujeres contaron a Villacampa sus historias de vida, y cómo las invadió el miedo al aterrizar en el aeropuerto de El Prat. “Rogaba que no me detuvieran porque me habían dicho que, si no pasaba, mi familia estaría en peligro”. Detenidas y llevadas al juzgado, nadie se interesó por sus circunstancias personales, constató la investigadora.

El trabajo de campo, sin embargo, “abrió los ojos a la policía y a la judicatura, al menos en Cataluña”, cuenta Villacampa. Cuando Angelina llegó a juicio, tras diez meses en prisión provisional, los magistrados de la Sección Tercera de la Audiencia de Barcelona estaban sensibilizados. Las características del caso lo hacían idóneo. Pero aplicar la cláusula no iba a ser fácil. La abogada Monfort buceó en su biografía. Angelina tenía 21 años, acababa de ser madre de un niño prematuro y era la única que aportaba ingresos para mantenerlos a todos: a ella, al bebé, pero también a la madre, a dos hermanos y a otras dos personas que convivían bajo el mismo techo de zinc. Necesitaba dinero. Y publicó, con cierta desesperación, un anuncio para pedir trabajo. La contactaron. Le ofrecieron 4.000 euros por viajar a España como mula. Angelina aceptó. Ingirió 25 preservativos con 474 gramos de cocaína. Fue llevada hasta el aeropuerto de El Callao con 250 euros, el billete de vuelta y una reserva de hotel. La sentencia que la absolvió concluye que fue “captada” por una organización que “se aprovechó de su situación de extrema vulnerabilidad”.

El caso de Angelina, ahora en disputa, es una extraña anomalía. El destino de las mulas que no superan el control de pasajeros sigue siendo invariablemente el mismo: permanecer entre rejas.
No penalización de las víctimas de trata.
La travesía de Tomasina

Tomasina, paraguaya de 28 años, entra en la sala para visitas de Wad-Ras, en Barcelona una cárcel destartalada que, sin embargo, conserva la calidez de lo antiguo. Lleva un año y tres meses entre rejas. Desde que, como Angelina, fue detectada en el aeropuerto de El Prat y conducida ante un juez. “Llevaba 800 gramos de cocaína tragada. Venía bien de salud. Aún me pregunto por qué me apartaron de la fila… Creo que dieron el aviso desde Francia. Había hecho escala allí y me preguntaron por qué no comía nada. Como estaba súper tranquila, les desafié a que me hicieran una radiografía o me dejaran pasar que iba a perder el vuelo. Me dejaron seguir, pero al aterrizar en Barcelona, el 2 de mayo de 2023, había dos policías esperando a la salida del avión”.

Una vecina de Ciudad del Este, una localidad al suroeste del país, en la frontera con Brasil, sabía que la economía doméstica no iba demasiado bien. Y le propuso el viaje. “A mí me trajo la necesidad. Tengo dos hijos y estaba muy atrasada con el pago del alquiler”. La organización le prometió 7.000 euros (“en mi país eso es mucho dinero”) si era capaz de tragar un kilo de cocaína en bolas y le aconsejó que cada tarde comiera zanahorias crudas para “preparar la garganta”. El día indicado, pasaron a buscarla en coche y la condujeron a la terminal con el pasaporte y los billetes. “Me lo pintaron todo bien. Me dijeron que todas las chicas que llegaban, pasaban, y que después solo tenía que relajarme y pasar unos días en el hotel, ir a la playa…”. Le explicaron cómo debía abordar la entrevista que, finalmente, mantuvo con los policías a su llegada a Barcelona: “Les dije que venía ocho días de turista. Pero no me creyeron. Me hicieron la radiografía… Y ya me llevaron al hospital para expulsar la droga. Se interesaron por mi salud y por si conocía a la persona que iba a recoger la droga. Pero yo no sabía quién era… ¡Ni siquiera en qué hotel iba a quedarme!”, cuenta.

Ni en la terminal ni en la sala de vistas se interesaron por las circunstancias personales de Tomasina. Nadie le preguntó por qué arriesgó su vida y su libertad. Nadie quiso saber qué fuerza la empujó a salir de Paraguay y dejar a sus hijos. Siguió el proceso de cualquier mula: ingresó en prisión provisional (por falta de arraigo) y llegó a juicio, donde aceptó tres años y cuatro meses de cárcel. Fue detectada únicamente como traficante. Como víctima potencial, fue invisible. “La detección de una posible víctima de trata es esencial y es tarea de todos. De Policía y de Guardia Civil. Pero también de comandantes, azafatas, médicos, enfermeras… Una mujer que viene cargada con cocaína, que pone en riesgo su vida, tiene que haber pasado mucho para dar ese paso”, cuenta Félix Durán, jefe del grupo de trata de seres humanos de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.

Durán, que antes estuvo en homicidios, tiene una sensibilidad especial con las víctimas, que son más importantes incluso que acabar con las redes criminales. Por su experiencia sabe que muchas mujeres captadas para cometer delitos son “altamente vulnerables” y susceptibles de ser vistas como víctimas. Pero admite que no es la mirada que prevalece en la práctica. “El policía no debe pensar solo que va a coger medio kilo de cocaína. Ha de pensar también que puede detectar a una posible víctima”. El teniente coincide con todos los expertos consultados: no se trata de pensar que todas las mulas deben ser exculpadas porque sí, sino que se trata de mirar caso a caso y “no cerrarse a esa posibilidad”. En 2022, dos años después de la sentencia de Angelina, un grupo de expertos elaboró unas recomendaciones para que profesionales de la justicia detecten situaciones de trata para la criminalidad organizada. Si una pasajera sufre precariedad económica, muestra ansiedad, ha recibido amenazas, no ha intervenido para nada en la organización del viaje, no explica el destino concreto que va a visitar o lanza un discurso artificial, que parece inducido, es posible que sea, además de mula, víctima.

¿Debió Tomasina ser exculpada del proceso penal porque actuó bajo el abuso y sometimiento de un grupo mafioso? Ni siquiera ella se identifica como tal, algo frecuente: las mulas sienten que tomaron una decisión equivocada, pero voluntaria al fin y al cabo, y no perciben que se aprovecharon de ellas, de su cuerpo y de su pobreza, para lucrarse. “No guardo rencor a mi vecina, pero no volvería a hacer algo así ni que me ofrezcan el triple ni que pase más necesidad. Estoy presa, lejos de mi familia, me he perdido la mejor etapa de mis hijos…” Tomasina, que trabaja en la cocina de Wad Ras, está más cerca de cumplir su objetivo. Le queda poco para que la pena le sea sustituida por la expulsión del país: “Quiero estar con los míos, alejarme del ambiente que me trajo aquí… Quiero volver a Paraguay”.

Angelina también volvió a su casa en Perú, aunque declarada inocente, hace cinco años. No es, por cierto, su nombre real: es el nombre que usó el Centro de Documentación Judicial (Cendoj) al publicar la sentencia. También la llaman así las expertas que discuten apasionadamente sobre las repercusiones del caso desde que, en febrero de 2023, la justicia española reapareció en la vida de la mujer a más de 10.000 kilómetros de distancia para negarle la condición de víctima.
No penalización de las víctimas de trata.
Misión: frenar la sentencia

La Fiscalía recurrió la absolución de Angelina al entender que la exención de pena no se había aplicado correctamente, pues el tráfico de drogas es un delito grave y perdonar a gente como ella supone dar “patente de corso” a los traficantes, que podrían emplear a gente muy pobre o a “indigentes” para hacer el trabajo sucio sin miedo a sufrir consecuencias penales. El Tribunal Supremo emplea ese y otros argumentos; por ejemplo, que no ha habido un proceso penal contra los supuestos tratantes de Angelina para poder concluir que es víctima, o que el sometimiento no fue prolongado en el tiempo.

Un grupo de mujeres se ha propuesto frenar una sentencia que “trasciende el caso de Angelina y afecta a todas las potenciales víctimas de trata”, explica en una conferencia Margarita Martínez, catedrática de Derecho Penal de la Complutense y coautora del informe jurídico Víctimas de trata y principio de no punición. Una sentencia que no debe convertirse en doctrina. El informe contesta punto por punto la resolución, de la que fue ponente el magistrado Julián Sánchez Melgar, y concluye que vulnera derechos fundamentales pero también el espíritu y el contenido literal de las directivas europeas y del Código Penal.

“Ninguna norma exige que la condición de víctima de trata derive de un procedimiento penal contra los responsables de ese delito. Esa exigencia no tiene cobertura legal y conduce, de facto, a que sea imposible aplicar el principio de no punición. Además, las dificultades de investigar esos casos son brutales; muchos no llegan ni a juzgarse”, lamenta, en el mismo foro, María Luisa Cuerda, catedrática de derecho penal de la Universitat Jaume I. Los datos de la memoria de la Fiscalía General del Estado parecen darle la razón: en 2023 los fiscales identificaron a 543 víctimas de trata, pero solo presentaron 32 escritos de acusación (contra sus tratantes) y apenas lograron 18 condenas. Solamente diez casos son de explotación para realizar actividades delictivas (el 2% del total).

Margarita Valle Mariscal, profesora de derecho penal de la Complutense, critica que el tribunal se haya sacado de la manga un argumento que “no está” en el artículo 177 del Código Penal, el que regula la exención de la pena: que el sometimiento sea “más o menos prolongado en el tiempo”. “Con que haya situación de abuso y engaño es suficiente. La captación, el transporte… Eso ya constituye la acción de la trata”. El informe de las juristas señala que, de aceptarse ese supuesto, algunos delitos (la extracción de órganos, el matrimonio forzado) quedarían siempre fuera de cobertura, porque se trata de acciones puntuales.

Sobre el “efecto llamada”, que el Supremo esgrime como “argumento práctico”, el profesor de derecho penal de la Universidad Rey Juan Carlos José Miguel Sánchez opina que es “más propio de una conversación de bar”. Critica Sánchez que los magistrados intenten “hacer prevalecer su criterio político-criminal frente al del legislador, que ya ha dado prevalencia al derecho de las víctimas a no ser sancionadas”. E ironiza con lo que suponen las mulas, que son el eslabón más débil, en la cadena internacional del narcotráfico. “Hay que fletar muchos aviones para traer las cantidades que entran, en barco, a través de los puertos. A las mulas se les paga casi un 10%, más los gastos del viaje. Es ineficiente”. Se suma Cuerda con más energía: “¿Cómo puede el tribunal pensar que muchas personas están dispuestas a hacer lo que Angelina hizo, dejar a su bebé para meterse en el cuerpo bolas de cocaína que podrían haber acabado con su vida?”.
No penalización de las víctimas de trata.
Invisibles para el sistema penal

“El Estado no puede pretender luchar contra el tráfico de drogas a fuerza de condenar a mulas”, coincide Villacampa, partidaria no obstante de que, si no hay elementos de abuso, el proceso judicial siga adelante contra esas personas por tráfico de drogas. La autora del estudio en prisiones alerta de que, además, el sistema penal somete a las mujeres a cierta presión para que testifiquen contra las organizaciones cuando “muchas veces no tienen información operativa” y hacerlo “puede poner en riesgo la seguridad de sus familias en los países de origen”.

El teniente Durán reconoce que el temor de las mulas —a ser descubiertas, pero sobre todo a los tratantes— es alto. Pero cree que la cooperación de una víctima puede ser muy útil: ella es quien puede habla de su situación de vulnerabilidad y quien puede dar información “sobre la fase inicial, la de captación”. El jefe de trata de la Guardia Civil pide a los suyos que abran la mirada en una doble dirección: hacia las organizaciones criminales (“no hay que quedarse solo con la maleta de droga; hay que saber quién compró el billete, quién la recoge en el aeropuerto”), pero también hacia la vida de esa mujer que aterriza con sudores y aterrada.

Pero esa sensibilidad aún está por desarrollarse. En un estudio posterior al de las cárceles, Villacampa y su compañera Núria Torres entrevistaron a 37 profesionales de la justicia: policías, fiscales, abogados. La mayoría duda de que las mulas puedan ser consideradas víctimas porque, al fin y el cabo, transportan droga a cambio de dinero. A lo sumo, son tratadas como fuente de prueba. España no es una excepción. Allí donde se ha aprobado, el principio de no castigar a esas personas se aplica “tímidamente” y siempre de forma restrictiva (Estados Unidos, Reino Unido, Holanda, Bélgica)-

Las expertas exigen una nueva reforma legal para que la no punición se aplique correctamente y piden que la Fiscalía sea más proclive a la identificación de posibles víctimas. Su esperanza, mientras, está depositada en que se imponga el criterio del voto particular que, en el caso de Angelina, emitió el magistrado Javier Hernández. Discrepó de sus colegas del Supremo porque “invisibilizaron” la vulnerabilidad de una mujer que “delinque por ser víctima de un delito, lo que es significativamente distinto a delinquir por necesidad”. La organización la sometió a un trato degradante, la cosificó, puso en riesgo su vida, apunta, unos hechos que solo pueden verse “desde la perspectiva dramática de quien los ha sufrido”.

Aunque el Supremo devolvió la sentencia a la Audiencia de Barcelona para que redacte una nueva (en el sentido que quiera, pero sin aplicar esa eximente), el proceso está paralizado. La abogada Monfort ha recurrido en amparo ante el Tribunal Constitucional. Y está dispuesta a llegar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo para que se pronuncie sobre el asunto. Mientras, Angelina ha tratado de rehacer su vida en Perú. No fue sencillo porque, al llegar, las instituciones del país le pusieron trabas para recuperar a su hijo. Monfort sigue en contacto con ella, convencida de que, más allá de dar la batalla jurídica, que las mulas son “más víctimas que traficantes es algo que la opinión pública puede llegar a entender y compartir”.

Otras 5 entidades recurrirán el REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA

CINCO ENTIDADES RECURRIRÁN ANTE EL SUPREMO LA REGULACIÓN DEL ASILO EN EL REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA
Consideran que hay suficientes fundamentos de derecho para impugnar la incompatibilidad entre el procedimiento de protección internacional y los arraigos

[Puedes descargar el comunicado en este enlace]

Martes, a 21 de enero de 2025. Andalucía Acoge, Cáritas, CEAR, Red Acoge y Servicio Jesuita a Migrantes han decidido recurrir de forma parcial el nuevo Reglamento de Extranjería, con la interposición, el día 20 de enero, del recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Supremo, como primer paso del procedimiento judicial.
Migraciones: cinco entidades.
La alianza formada por cinco organizaciones especializadas en el acompañamiento social y jurídico de personas migrantes y refugiadas, tras un primer análisis del documento, valora que la normativa establece una serie de mejoras importantes y fundamentales. Sin embargo, hay aspectos relevantes demandados por estas entidades a lo largo de todo el proceso que suponen un impacto negativo en los derechos de las personas solicitantes de protección internacional y que se han dejado atrás.

Entre ellas, consideran que hay suficientes fundamentos de derecho para impugnar la incompatibilidad entre el procedimiento de protección internacional y los arraigos. El actual Reglamento señala como concepto jurídico que el tiempo como solicitante de protección internacional no compute como tiempo de permanencia previa para solicitar una residencia por arraigo. Esto significa que si una persona migrante recibe una denegación a su solicitud de asilo deberá reiniciar su tiempo de permanencia previa –en situación irregular, en este caso– para optar a un arraigo. El recurso se centra en esta incompatibilidad, que dejaría en situación administrativa irregular a cerca de la mitad de las personas solicitantes de asilo, y se convierte en un elemento que desincentiva el ejercicio del derecho al asilo.

Por este motivo, las cinco entidades, que llevan realizando un seguimiento detallado del proceso desde que se puso en marcha y elaboraron un catálogo de propuestas concretas de mejora [véase esta entrada], han decidido dar un paso adelante con este recurso ante el Tribunal Supremo, poniendo en primera línea la importancia de que la legislación española avance de forma definitiva en garantizar los derechos de las personas en el camino hacia su inclusión como ciudadanía participante.

MADRID SUPERA EL MILLÓN DE LATINOAMERICANOS

MADRID SUPERA EL MILLÓN DE LATINOAMERICANOS, UNO DE CADA SIETE HABITANTES
Se acaba de producir un hito: según el censo, en la Comunidad residen 1.038.671 personas que han nacido en un país de América de habla española. Hace 25 años solo vivían aquí 81.552, lo que muestra la velocidad de una corriente que está transformando el rostro y el alma de la región

[Esta entrada de nuestra web es un resumen-selección del reportaje de Fernando Peinado y Daniele Grasso para El País de 20-12-24. El reportaje tiene varios gráficos que aquí no se ofrecen. Y, especialmente, un muy interesante mapa interactivo de Madrid, donde puede consultarse el número de latinoamericanos en cada zona de Madrid según padrón]

El número de nacidos en Latinoamérica que reside en la Comunidad de Madrid ha rebasado la cifra simbólica del millón, según el censo de población que ha publicado el pasado jueves 19 de diciembre el Instituto Nacional de Estadística, INE. Solo contando a los 18 países de América que hablan español son 1.038.671 a 1 de enero de 2024. Este es un hito asombroso cuando se pone en contexto. Los inmigrantes de esta comunidad que se autodefinen como latinos suponen ya uno de cada siete habitantes en la región de la capital. Si este grupo formara una ciudad por separado sería más grande que el área metropolitana de Santiago, la segunda ciudad de Cuba (707.000 habitantes), o Arequipa, la segunda ciudad de Perú (984.000), o Valparaíso, la segunda ciudad de Chile (1,02 millones), y estaría a punto de alcanzar a las capitales de Nicaragua y El Salvador, Managua y San Salvador (ambas con 1,1 millones). El tamaño de esta hipotética ciudad sería semejante al de la aglomeración urbana de Málaga, que con 1,03 millones de vecinos es la quinta de España, y superaría a Bilbao o Zaragoza.

Latinoamericanos en Madrid.

En el mapa interactivo que puede verse en el artículo original, puede consultarse por sección censal dónde viven los latinos y cómo se reparten en toda la región de Madrid. Los venezolanos se reparten por toda la región; ecuatorianos, peruanos o colombianos destacan en barrios de fuera de la M-30; los dominicanos tienen su pequeño Santo Domingo en el distrito de Tetuán; y los argentinos sobresalen en la almendra central.

Cuando se compara la cifra del millón con los datos históricos surge otra revelación que merece detenimiento: hace solo un cuarto de siglo, en 1999, los nacidos en esos 18 países de América hispanohablante eran solo 81.552. Solo han pasado 25 años de aquello, y los expertos en demografía prevén que este fenómeno vaya a más. La inmigración hacia las grandes metrópolis del mundo rico se mueve a niveles de récord y la afinidad cultural es uno de los factores decisivos de estos flujos. Gracias a estos nuevos madrileños, la capital ha redescubierto su identidad americana.

1999 marcó un antes y un después. Ese año se aceleró la llegada a España de ecuatorianos que huían de la grave crisis económica en su país. Hasta entonces, los exiliados políticos de Argentina, Cuba, Chile o Uruguay habían sido protagonistas entre los pocos latinos de Madrid. Muchos eran blancos, integrantes de clases acomodadas que habían huido de un dictador. Los inmigrantes ecuatorianos escapaban de otro mal distinto: la pobreza. Comenzaron a llegar a Barajas vuelos cargados de familias de origen popular, que en poco tiempo transformaron el rostro de la capital. Venían a España porque la economía tenía una necesidad voraz de trabajadores: hombres para construir casas y mujeres para cuidar mayores.

A los ecuatorianos se les unieron decenas de miles de colombianos, peruanos, bolivianos y dominicanos, que escapaban de las crisis en sus propios países o buscaban un futuro mejor, alentados por la bonanza española. En 2009, al poco de reventar la burbuja de la construcción, vivían en Madrid casi 600.000 inmigrantes latinos.

Esa cifra permaneció estancada hasta 2017, cuando comienza una segunda ola, que continúa hoy. Los principales países de origen son ahora Venezuela, Colombia y Perú. Su perfil socioeconómico es más diverso. Aterrizan también grandes fortunas (el 17% de vecinos del distrito de Salamanca es latino, según el padrón municipal) y estudiantes (se matricularon 14.776 de Latinoamérica en las universidades madrileñas en el curso 2022-23, un 40% más que ocho años antes).

Los latinos también están transformando otras regiones españolas, aunque ninguna concentra tantos nacidos en Hispanoamérica como Madrid, donde son el 62% de los inmigrantes. Los siguientes destinos son Cataluña y Valencia, con 883.548 de ese origen (el 43% de los inmigrantes) y 446.453 (37%), respectivamente.

En Madrid, residían al empezar este 2024 un total de 1.668.418 inmigrantes. Los primeros cuatro países de origen son Venezuela (184.387), Colombia (180.983), Perú (150.590) y Ecuador (136.309). Los únicos países no hispanoamericanos entre los primeros 10 son Rumania (115.911), Marruecos (98.360) y China (53.204). Brasil ocupa el puesto quince (29.865).

Esta nueva oleada es parte de una corriente migratoria sin precedentes hacia los países ricos. En 2023, muchos países de la OCDE batieron récords de inmigrantes permanentes (6,5 millones en total) a los que se sumó un récord de 2,7 millones solicitantes de asilo. Una de las claves, según Mathias Cormann, secretario general de la OCDE, es la fuerte demanda de mano de obra, que coincide con el envejecimiento de esas sociedades. “El número creciente de inmigrantes por motivos laborales ha contribuido a un crecimiento económico sostenido”, ha dicho.

Los hijos de estos inmigrantes latinoamericanos que nacen en España no figuran en la estadística del INE como grupo separado, pero se suelen autopercibir como latinos, de modo que el peso cultural de esta nueva comunidad sería aún mayor de lo que sugieren las cifras del censo.

Nuevo Reglamento de Extranjería. ANÁLISIS Y OPINIONES.

EL NUEVO REGLAMENTO DE LA LEY DE EXTRANJERÍA. REFLEXIONES Y PARECERES

[entrada publicada el 29.11.24; última actualización: 11.12.24]

A partir de un artículo central sobre la nueva Ley de Extranjería, tomado de «Alfa y Omega», ofrecemos luego otros artículos y reflexiones sobre ella. Cada quien tenemos la posibilidad y el deber de formar nuestra propia opinión. Eso sí, la Mesa comparte buena parte de las críticas que aquí se exponen (y también bastantes de las alabanzas).

Luces y sombras en la ley de extranjería (José Calderero de Aldecoa para Alfa y Omega de 28.11.24).

El nuevo reglamento deja fuera a personas como Renzo y a al menos 75.000 indocumentados pero amplía los supuestos para acogerse al arraigo. Los expertos valoran los cambios, pero piden ir más allá

Nuevo Reglamento de Extranjería. Análisis y opiniones.Renzo es de Perú y tiene 24 años. Llegó a España huyendo «de la inseguridad y de la corrupción» en su país. Pero desde que desembarcó en Madrid no ha podido más que sobrevivir con pequeños trabajos realizados sin contrato. «He sido ayudante obras, repartidor o limpiador de pisos», enumera. Otra cosa que también ha podido hacer es dejarse ayudar. «Estoy muy agradecido a Cáritas de Getafe», manifiesta. La entidad caritativa de la Iglesia no solo le ha pagado el alquiler de la habitación en la que vive en dos ocasiones, sino que también le ha ayudado con su formación. «Me estoy preparando para ser ayudante de almacén», explica con orgullo. Todo será en balde, sin embargo, si no consigue un permiso de residencia y trabajo. El problema es que con el nuevo reglamento de la ley de extranjería, según Cáritas, no puede regularizar su situación al no contar con el tiempo de permanencia necesario en España para hacerlo acogiéndose al arraigo. Pero no es el único. «Sigue habiendo personas en situación irregular que no entran bajo el paraguas del nuevo reglamento. Pensemos en el gran número de indocumentados. Solo Cáritas tiene constancia de unos 75.000 y no todo el mundo acude a esta entidad, con lo cual podemos suponer que el número es aún mayor», advierte el director del Departamento de Migraciones de la Conferencia Episcopal Española, Fernando Redondo.

No es el único colectivo perjudicado. «A partir de ahora, el tiempo que una persona haya pasado como solicitante de protección internacional no contabilizará como tiempo de permanencia previa en España para la solicitud del arraigo», explica el responsable de Incidencia Política y Orientación Jurídica sobre Movilidad Humana en Cáritas Española, Diego Fernández-Maldonado. De esta forma, si la Administración deniega la protección el candidato deberá comenzar con el proceso de arraigo desde cero y esperar en situación irregular los años que marca la ley para poder acogerse a esta figura. Este cambio legal, según Fernández-Maldonado, «es un ataque frontal a la protección internacional». Quizá por ello, el punto no «estaba incluido en el borrador sobre el que trabajamos en la consulta que hizo el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a las entidades del sector»; un proceso en el que Cáritas Española «participó de manera activa». Según el responsable, «hicimos un documento muy amplio de aportaciones, pero lamentablemente las que reivindicábamos con más fuerza no han sido recogidas en el texto definitivo».

En ese documento, por ejemplo, se advertía sobre el funcionamiento de las oficinas de extranjería y las vías de acceso a los expedientes. «Hay personas que aunque cumplen los requisitos para acceder al arraigo no pueden presentar su expediente porque no hay citas disponibles para ello», señala el responsable. Por otro lado, este reglamento consolida la presentación telemática de los expedientes, «que es muy cómoda, pero imposible para alguien en situación irregular porque no dispone de firma electrónica». Por último, Fernández-Maldonado lamenta que en el caso de que una persona haya podido presentar su solicitud hay un último obstáculo que es «el plazo excesivamente largo de resolución». Esto tiene un impacto directo para los arraigos relacionados con el trabajo, «porque supone que tienes que convencer al empleador de que contrate a una persona que no va a poder trabajar hasta que la resolución sea favorable, algo que puede tardar seis u ocho meses». Y aunque «uno de los objetivos que dice perseguir este nuevo reglamento es dar mayor agilidad a los procedimientos de regularización», la realidad es que «se quedará en agua de borrajas, si no se dota del personal y las estructuras necesarias para llevar a cabo esta gestión», añade el director de Migraciones de la CEE.

Nuevos arraigos

El Gobierno dio luz verde al reglamento el pasado 19 de noviembre, durante el Consejo de Ministros. A su conclusión, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, afirmó que con él «se simplifican procedimientos, se eliminan duplicidades y se dan mayores garantías y rigor jurídico». La principal novedad es la reducción del tiempo que una persona tiene que pasar en España —en situación irregular— para acceder a la regularización por arraigo: de tres a dos años. También se han modificado los tipos de arraigo. Antes había cuatro situaciones y se han ampliado a cinco: arraigo social, sociolaboral, socioformativo, familiar y de segunda oportunidad. Este último no figuraba en el anterior reglamento y permite regularizar a los extranjeros que han tenido una autorización previamente y por alguna razón no han podido renovarla. Asimismo, el nuevo texto modifica la situación de los visados y establece que todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año.

Al final, «con todas estas luces y sombras», concluye Fernández-Maldonado, «no se trata de una norma que nos satisfaga al 100 %». Tampoco a Fernando Redondo, que, si bien valora los avances, sostiene que «la aprobación del nuevo reglamento no debe impedir que la iniciativa legislativa popular para regular a medio millón de migrantes siga adelante». Y concluye: «Reglamento e ILP serían dos vías complementarias para llevar a cabo una verdadera y efectiva regularización».

MÁS:

María Martín y Sebastián Forero (para El País) 21.10.24. El Gobierno ultima la reforma que facilitará la residencia y el permiso de trabajo a decenas de miles de extranjeros. «El último borrador del nuevo reglamento de extranjería, al que ha tenido acceso EL PAÍS, reduce plazos y fomenta que los inmigrantes puedan trabajar. La norma abre una vía de regularización transitoria a los que les denegaron su solicitud de asilo».

María Martín y Sebastián Forero (para El País) 22.10.24. El nuevo reglamento de Extranjería provoca recelos a los promotores de la regularización de inmigrantes en el Congreso. «Los impulsores de la Iniciativa Legislativa Popular temen que la nueva reforma la vacíe de contenido».

Alfa y Omega 19.11.24. El Gobierno aprueba el nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería. Resumen en Alfa y Omega de la presentación hecha por la ministra Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.

Alfa y Omega 20.11.24. La CEE da la «bienvenida» al nuevo reglamento de extranjería, pero lo ve «insuficiente». «El director del departamento de Migraciones de la CEE ha recordado que la nueva norma deja fuera a muchas personas y ha asegurado que seguirán apoyando la ILP para la regularización de 500.000 migrantes».

José Luis Palacios (para Noticias Obreras) 20.11.24. La Iglesia española ve “avances” en el Reglamento de Extranjería pero denuncia “insuficiencias”. «Migraciones de la Conferencia Episcopal y Cáritas celebran los “avances” registrados en el nuevo Reglamento de la Ley de Extranjería, aunque denuncian “insuficiencias” y “obstáculos”, por lo que piden la aprobación de la iniciativa legislativa popular para la regularización extraordinaria».

La Vanguardia – Servimedia 20.11.24. La Iglesia alerta de que la reforma del reglamento de Extranjería dejará sin protección a más de 75.000 personas sin papeles.

Servicio Jesuita a Migrantes 25.11.24. Las entidades sociales ven luces y sombras en la reforma del Reglamento de Extranjería. «La alianza formada por seis organizaciones especializadas en el acompañamiento social y jurídico de personas migrantes y refugiadas considera que la nueva normativa establece mejoras pero no logra un cambio sustancial y definitivo, dejando atrás objetivos clave».

Europa Press 8.12.24. Diferencias entre el nuevo Reglamento de Extranjería y la ILP de regularización. «La alianza formada por seis organizaciones especializadas en el acompañamiento social y jurídico de personas migrantes y refugiadas considera que la nueva normativa establece mejoras pero no logra un cambio sustancial y definitivo, dejando atrás objetivos clave».

Extranjeristas en Red 12.12.24. Una interpretación interpretación restrictiva del nuevo Reglamento de Extranjería provocará un desastre mayúsculo en inmigrantes que ya llevan tiempo trabajando e instalados en España.